sábado, 6 de diciembre de 2008

política-estado:conceptos

IES Juan José Gómez Quintana (Suances, Cantabria)
Departamento de Ciencias Sociales
TEÓRICOS DE ESTADO
Sánchez Ruiz, Elena; curso 3ºB nº17
Guevara Valle, Josefina; curso 3ºB nº6

TEÓRICOS DEL ESTADO

-Política: es la actividad humana tendente a gobernar o dirigir la acción del estado en beneficio de la sociedad.

-Estado: concepto político que se refiere a una forma de
organización social soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida sobre un territorio determinado.

-Soberanía: según
Jean Bodin, es el poder absoluto y perpetuo de una República, y soberano es quien tiene el poder de decisión, de dar leyes sin recibirlas de otro, es decir, aquel que no está sujeto a leyes escritas, pero si a la ley divina o natural.

-Derechos naturales: es una parte de la
filosofía del Derecho cuyo tema fundamental de estudio es la justicia. La filosofía del Derecho puede entenderse como la reflexión filosófica sobre el fenómeno jurídico efectuada a través de las diversas ramas de la filosofía general. De esta forma puede hablarse de una ontología jurídica, lógica jurídica, axiología jurídica.

-Monarquía absoluta: es una
forma de gobierno en la que el monarca (lleve el título de rey, emperador, zar o cualquier otro) ostenta el poder absoluto.

-República: (del
latín res publica, «la cosa pública, lo público»), es un sistema político caracterizado por basarse en la representación de toda su estructura mediante el derecho a voto.

-Democracia: es una forma de organización de grupos de personas, cuya característica predominante es que la titularidad del poder reside en la totalidad de sus miembros, haciendo que la toma de decisiones responda a la voluntad colectiva de los miembros del grupo.

-Poder legislativo: elabora y modifica las leyes existentes de acuerdo a la opinión de los ciudadanos; es una de las tres ramas en que tradicionalmente se
divide el poder de un Estado. Su función específica es la aprobación de las leyes. Generalmente, está a cargo de un cuerpo deliberativo (congreso, parlamento o asamblea de representantes).

-Poder ejecutivo: es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado (junto con la legislativa y la judicial) consistente en dictar y hacer cumplir las leyes que suele aprobar el
gobierno o el propio jefe del Estado.

-Poder judicial: es aquel
poder del Estado que, de conformidad al ordenamiento jurídico, es el encargado de administrar justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas, en la resolución de conflictos. Por "Poder", en el sentido de poder público, se entiende a la organización, institución o conjunto de órganos del Estado, que en el caso del Poder Judicial son los órganos judiciales o jurisdiccionales: juzgados y tribunales, que ejercen la potestad jurisdiccional, que suele gozar de imparcialidad y autonomía.


Teóricos del estado
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